ORDENANZA 5491/12

Se sanciono ordenanza que beneficia a Veteranos de Malvinas y Movilizados que tienen necesidades asistenciales en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca



Este jueves,8 de Noviembre en el marco de la 32º sesión ordinaria de Concejo Deliberante de la Capital se aprobó un proyecto generado por el concejal Luis Aguero que beneficia a los Veteranos de Malvinas y Movilizados en el área del Teatro de Operaciones Atlántico Sur ( TOAS ). Integrantes de la comisión de la Agrupación 7 de Abril de Veteranos Continentales de Catamarca recibieron copia del instrumento legal. En la oportunidad hizo uso de la palabra el Secretario de esta agrupación de movilizados a la Guerra de Malvinas el Sr. Osvaldo Reynoso donde agradeció "esta iniciativa  que sin duda va a beneficiar a muchos de nuestros camaradas en la capital de la provincia de Catamarca"   y destacó que " este es un día histórico para nuestra agrupación, así como lo fue el 7 de abril donde el Regimiento 17 de infantería se notificaba que tomaba parte del conflicto bélico en Malvinas este 8N es un día histórico para nosotros"




Los artículos de la ordenanza 5491/12 son los siguientes:
ARTICULO 1º. - Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal realice a través del área de competencia un amplio informe y/o diagnostico socio ambiental y socio familiar a quienes entraron efectivamente en combate ( Veteranos de Malvinas ) o Movilizados en el area del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur ( TOAS ) ; ex soldados, movilizados, oficiales y sub oficiales, combatientes conscriptos bajo bandera que hayan estados destinados efectivamente en el Teatro de Operaciones ( TOM ), durante el conflicto bélico por la recuperación del ejercicio de la Soberanía Nacional sobre las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, entre el 02 de Abril y 14 de Junio de 1982, que esten debidamente registrados en las Agrupaciones y/o organismos creados en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, que detentan la representación de los ex combatientes de Malvinas, conscriptos bajo bandera.
ARTICULO 2º. - Los informes y/o diagnósticos a realizar tienen por objeto evaluar y analizar las reales condiciones de vida social, familiar y ambiental de los ex combatientes de Malvinas, a los fines de brindar contención y ayuda por parte del Departamento Ejecutivo Municipal a aquellos que demuestren fehacientemente condiciones de necesitar y de requerir políticas asistenciales.
ARTICULO 3º. - Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con Organismos Públicos Nacionales, Provinciales e Instituciones Privadas a lso fines de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º. -  Comuníquese a Intendencia, insertese en los Registros Oficiales del Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante, publiquese y ARCHIVESE.

NOTA: Es intención de la Agrupación 7 de Abril hacer extensivo a toda la provincia de Catamarca de este beneficio a través de los municipios respectivos, tarea que se esta gestionando.